Actividades motorizadas ilegales

ASUNTO: ACTIVIDADES MOTORIZADAS ILEGALES FECHA: 20-3-00

alcaldía y concejalía de medioambiente

De un tiempo a esta parte estamos asistiendo impotentes a un progresivo deterioro de ciertas vías pecuarias, caminos y zonas de campo, debido al paso incontrolado y a las actividades deportivas ilegales de vehículos de toda naturaleza.

A la degradación que sobre el suelo y su flora producen estas actividades hay que sumar la contaminación acústica y la ambiental producida por el polvo que levantan.

La impunidad de que gozan las personas que realizan estos actos es tal que incluso se permiten —como ya ha sucedido en algún caso— responder a las personas que les reprochan su actitud diciendo que son Agentes Ambientales en el desempeño de su función.

De todas las zonas en las que se practica ilegalmente estas actividades hay dos que revisten particular gravedad: La zona conocida como Parque del Navazo y el Camino del Rey y vías aledañas. Estos lugares se han convertido en sitios frecuentes de paseo y disfrute de los colmenarejanos, que aprovechan los días festivos para pasear, correr, montar en bicicleta o comer al aire libre. Mucha gente ya ha decidido renunciar a estos paseos debido al peligro, ruidos y polvo que se ven obligados a soportar sin que nadie ponga remedio a la situación.

Uno de los objetivos de la asociación Proyecto Verde es, precisamente, estimular al ciudadano para que asuma como propia la naturaleza que le rodea, buscando en ella cauces de esparcimiento y ocio, logrando de esta manera una mayor implicación en su defensa y conservación. Por este motivo, presentamos este informe a nuestro ayuntamiento, en el que exponemos una visión jurídica del tema y una batería de propuestas para tratar de evitar que los derechos de la mayoría se vean pisoteados por la impunidad de unos pocos.

Por leyes que no quede

Hay un ordenamiento jurídico casi envidiable en lo que concierne al medio ambiente de la Comunidad de Madrid. Son varias las leyes y decretos por las cuales se podría sancionar a los autores de estas actividades. Las principales son:

• Ley 2/1991 de Protección de la Fauna y la Flora silvestres. Aplicable el Art. 33.1b); Sanción: (Art. 46) multa de 10.000 a 100.000 pesetas.

Esta Ley establece en su Disposición Adicional Octava un plazo de un año para que todos los municipios de la Comunidad de Madrid acomoden sus ordenanzas a la citada ley.

• Decreto 20/1989. Protege ciertas especies vegetales, alguna de las cuales está presente en las zonas afectadas. Establece en el Art. 4 que los Ayuntamientos —entre otros— velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en dicho decreto. La cuantía de las sanciones pueden llegar a las 100.000 pesetas.

• Decreto 18/1992 por el que se aprueba el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. Muchas de las especies afectadas directamente por estas actividades están recogidas en este catálogo, sin mencionar los efectos que sobre la fauna conlleva dicha actividad. La destrucción del hábitat de especies amenazadas o sensibles a la alteración de su hábitat (y la encina lo es en cualquiera de todas sus formas) puede conllevar multas de hasta 50.000.000 pesetas (Art. 6 de dicho decreto).

• Real Decreto 1997/1995 sobre Espacios Naturales. Se trata de una ley de aplicación general a espacios naturales y en especial a los comprendidos en la Red Natura 2000. Varios de sus artículos pueden afectar a nuestro municipio, pero la falta de concreción hace preferible acogerse a cualquiera otra de las mencionadas.

• Ley 16/1995 Forestal y de Protección de la Naturaleza. Define en el Art. 3.1 qué es un monte o terreno forestal a efectos de la ley, definición que cumple la práctica totalidad del término de Colmenarejo, si exceptuamos suelo urbano y urbano no urbanizable. Entre otras, establece como sancionables las actividades objeto de este informe en el Titulo X, Capítulo II, Art. 101-2c y 2k. Multas desde 5.000 a 10.000.000 pesetas en el caso de infracciones graves, como es, por ejemplo, la reincidencia de infracciones leves.

• Ley 8/1998 de Vías Pecuarias. Prohibe la circulación de vehículos a motor, excepto los autorizados (aquellos que solo pueden acceder a su casa o negocio a través de la vía), los cuales no excederán su velocidad de 20 Km/h.

• La Ley de Seguridad Vial afecta de lleno a todos aquellos vehículos que circulan fuera de las vías previstas para ello y a los que lo hacen sin matrícula (que es el caso de muchas motocicletas deportivas que no reúnen condiciones para poder ser matriculadas).

• El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para la Cuenca Media del Río Guadarrama, emanado de la Ley 4/1989 y el Decreto 44/1992 que ordena su realización, contiene infinidad de referencias a los usos citados como usos totalmente prohibidos. Este Plan es de aplicación en las áreas citadas y en casi el 45% del municipio.

 

Podrían mencionarse media docena de leyes más, pero con las indicadas queda claro que el problema no es la falta de legislación a aplicar.

¿A quién le corresponde hacer cumplir estas leyes?

En la práctica, las normas por las que es más fácil conseguir una sanción son la Ley de Vías Pecuarias, la Ley 2/1991 de Protección de la Fauna y la Flora silvestres y la Ley Forestal (16/1995).

La capacidad sancionadora corresponde a la Comunidad de Madrid (con situaciones ligeramente distintas según cada caso), excepto en la Ley de Seguridad Vial (que es competencia de la Policía Local en el casco urbano y de la Guardia Civil) y del Real Decreto 1997/1995 sobre Espacios Naturales (que corresponde a la Guardia Civil).

Pero la potestad denunciadora puede y debe ser ejercida por la Policía Local, la cual es competente para presentar denuncias en todo el término municipal, sea o no urbano, campo, vías pecuarias, parcelas de titularidad pública o terrenos privados.

Además, en algunos casos, como el citado en la Ley de Vías Pecuarias, Capítulo V, Art. 46, la Comunidad de Madrid podrá suscribir Convenios de Colaboración para la participación activa de los Cuerpos de Policía Local en labores de inspección y vigilancia.

La postura de Proyecto Verde

Hasta la fecha, la postura del ayuntamiento ha sido la de «lavarse las manos» en este tipo de infracciones medioambientales. Los responsables de encontrar soluciones parecen atenazados por la idea de no poder poner remedio a este problema o, lo que sería más grave, de no considerarlo un verdadero problema.

La situación no puede seguir siendo esta por más tiempo. Cuanto más se tarde en atajar el problema mayor será este y más traumática la solución.

La tolerancia puede trocarse de virtud en defecto cuando implica la aceptación de hechos que vulneran derechos de la mayoría.

Propuestas

Es preciso que las autoridades políticas y funcionarios con competencia en este asunto tengan muy claro que las leyes amparan la protección y defensa de estos espacios, y que deben velar para que se respete.

Es necesario actuar adecuadamente en los espacios afectados, en especial el Parque del Navazo, el tramo de Cañada que por él discurre, el Camino del Rey y los caminos y vías perpendiculares que conducen al pantano, principalmente.

Proyecto Verde propone un Plan de Choque con las siguientes medidas:

1º Indicar claramente las Vías Pecuarias y la prohibición de circular por ellas con vehículos motorizados, salvo los autorizados para ello.

2º Colocar placas que limiten la velocidad de estos vehículos autorizados a 20 Km/h, y se deberán adoptar las medidas necesarias para que dicha limitación sea efectiva (zanjas, badenes, estrechamientos, o cualquier otra similar).

3º Colocar carteles avisando de la prohibición de circular fuera de las carreteras y de las prácticas deportivas, indicando preferiblemente el importe de la sanción.

La Policía Local puede y debe identificar a las personas causantes de la infracción y presentar la correspondiente denuncia a la Consejería de Medio Ambiente, a Vías Pecuarias o al Servicio de Inspección de El Escorial. Estos organismos abrirán un expediente informativo a la persona transgresora que podrá derivar en uno sancionador.

Para realizar esta denuncia, la Policía Local deberá obtener todas las pruebas posibles, entre las que destacan la matrícula del vehículo, el nombre del conductor y una fotografía de la comisión de la infracción. A tal efecto se debe dotar a la Policía Local de una cámara fotográfica provista de zoom (un 35-100 mm puede servir) que permita primeros planos del rostro de los infractores además de fotos de conjunto. Una cámara de este tipo ronda las 25.000 pesetas.

5º Promulgar bandos por parte de la Alcaldía recordando cuáles son las obligaciones de los vecinos en materia medioambiental.

6º Identificar y dialogar con los colectivos aficionados al 4×4 y motocross —que existen— a fin de hacerles ver lo doloso de su actuación y de las graves consecuencias que puede tener para su bolsillo. Igualmente se les informará de la existencia de un circuito de motocross en Villalba, junto a la ITV.

7º Instar a la Policía Local a frecuentar estos lugares, sobre todo los fines de semana y festivos.

8º Solicitar al Servicio de Inspección Medioambiental que se persone en el lugar para evaluar in situ la situación y aconseje medidas correctoras.

9º Solicitar la firma de un convenio con la Comunidad de Madrid para dotar de mayores competencias en materia medioambiental a los agentes locales.

10º Recabar la ayuda de los ciudadanos y asociaciones, recordándoles que cualquiera tiene potestad para denunciar si dispone de las pruebas necesarias.

 

Proyecto Verde ofrece toda su colaboración y apoyo incondicional para lograr devolver el disfrute de la naturaleza a quienes tienen legítimo derecho, empezando por la fauna y la flora y terminando por los ciudadanos que realizan actividades de ocio y disfrute compatibles con la conservación del medio ambiente.

Proyecto Verde se ofrece a revisar las Ordenanzas Municipales con vistas a su adecuación a la Ley 2/1991 de Protección de la Fauna y la Flora silvestres, cuya Disposición Adicional Octava establece el plazo de un año para que todos los municipios de la Comunidad de Madrid acomoden sus ordenanzas a la citada ley.

Junta Directiva de Proyecto Verde

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