Iniciativa campo de motocross

ASUNTO: INICIATIVA CAMPO DE MOTOCROSS         FECHA:20-3-00

ALCALDÍA Y CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE

De un tiempo a esta parte se están realizando movimientos en el pueblo por parte de algunas personas tendentes a la creación de un campo de motocross en el municipio.

Incluso se están recogiendo firmas por parte de algunos chavales para apoyar la iniciativa.

La realización de un circuito de motocross está contemplada en elApartado 16 del Anexo II de La Ley 10/1991 sobre Protección del Medio ambiente y el Decreto del 11/10/96 que la modifica, comoactividad sometida a evaluación de impacto ambiental, evaluación que corresponde, en el caso de actividades contempladas en este AnexoII, a la propia Comunidad de Madrid.

Los pasos establecidos por la Comunidad de Madrid para autorizar instalaciones de este tipo son los siguientes:

•     Los promotores de esta iniciativa deben presentar un proyecto completo ante el Ayuntamiento, en el que figure —entre otros— no solo el trazado, sino las instalaciones que este tipo de circuitos requieren, como un soporte adecuado para servicios sanitarios, medidas de seguridad, y un largo etcétera, que incluye los requisitos establecido por la Real Federación Española de Motocross (ni que decir tiene que las personas que utilicen este circuito deben estar federadas y esta medida debe ser exigida por el Ayuntamiento en el supuesto de que se termine concediendo el permiso, puesto que de otra manera se le puede exigir responsabilidad civil en caso de accidente).

•     El ayuntamiento dará traslado de este proyecto a la Consejería de Medio Ambiente y a Disciplina Urbanística, los cuales realizarán los estudio de impacto ambiental pertinente y de calificación urbanística correspondiente.

•     Además, la Agencia de Medio Ambiente remitirá probablemente el proyecto a Proyecto Verde a través de Ecologistas en Acción o de Aedenat para la presentación de alegaciones.

•     En el supuesto de que, después de todos estos trámites (que duran alrededor de un año), el informe de la Comunidad fuera positivo, es entonces  y no antes cuando el Ayuntamiento debe adoptar una postura, concediendo o denegando la licencia solicitada.

Todo esto suponiendo que la ubicación del citado circuito se encuentre en una zona no protegida por ninguna de las leyes vigentes, entre las que cabe destacar el Plan de Ordenación del Embalse de Valmayor, la Ley Forestal, el PORN de la Cuenca Media del Río Guadarrama y las que protegen riberas y cauces de arroyos y ríos, entre otras muchas.

Se da la circunstancia de que el terreno propuesto por los promotores de la idea es completamente inadecuado y la información favorable del ayuntamiento a esta iniciativa supondría un grave perjuicio medioambiental.

La recomendación de Proyecto Verde es la siguiente: No adoptar ninguna postura oficial o extraoficial a favor del asunto, ya que puede suponer un coste político innecesario que puede echar por tierra la propia Comunidad o las asociaciones medioambientales. Deberá, eso sí, informar a los promotores de los trámites que deben adoptar, y de ser incumplidos se dará cuenta inmediata al servicio de Inspección Ambiental para que abra un expediente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *