La Dirección General de Disciplina Ambiental de la Comunidad de Madrid entiende que hay suficientes indicios de delito como para remitir a la jurusdicción penal las denuncias presentadas en su día por la Guardería Forestal y Proyecto Verde.
Prao Buriños es una finca situada junto al camino del Rey, en una zona de máxima protección del Parque Regional del Guadarrama. En esta finca existían unos edificios ruinosos que en tiempo pertenecieron a una explotación agropecuaria, ya abandonada hacía muchos años. Cuando se crea el parque regional, estas instalaciones quedan dentro de su territorio y sometidos a sus normas. Estas permiten que toda actividad anterior pueda seguir desarrollándose, desde explotaciones ganaderas al uso residencial, pero prohíbe cualquier nuevo uso o actuación sin el permiso expreso de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM). Al no existir ninguna actividad desde hacía años en esta finca, ninguna podía permitirse sin la expresa autorización de la CAM.
Las vigentes normas subsidiarias de Colmenarejo tampoco dejan lugar a dudas: Prao Buriños está incluída en el «Inventario de instalaciones en suelo no urbanizable», un documento anejo a dichas normas en el que se declara expresamente que:
«No se trata de un documento de tipo regulador de condiciones urbanísticas, como puedan ser las Normas Urbanísticas o los Planos de Ordenamiento (…) sino que se trata de un documento testimonial de las edificaciones e instalaciones en un medio como es el suelo no urbanizable (…) que requiere de unos mecanismos de control específicos para evitar la destrucción de los valores que le son propios».
Este mismo documento establece el estado de ruina para estas edificaciones y aclara que no cuentan con ningún tipo de licencia urbanística o municipal.
Con esta situación jurídica y urbanística tan clara, el propietario de la finca presenta a la Junta Rectora del parque regional una solicitud para rehabilitar estas edificaciones con el fin de criar burritos. La verdadera intención se veía venir, de forma que el parque regional es informado por Proyecto Verde de lo sospechoso de esta actuación. No obstante, y teniendo en cuenta que la cría extensiva de pollinos es una actividad compatible con la conservación del medio ambiente y que el previsible uso residencial es solo una sospecha, la Junta Rectora aprueba dicha actividad, pero prohibiendo expresamente el uso residencial.
Esto no parece ser un obstáculo para el propietario y el ayuntamiento de Colmenarejo, cuya alcaldesa estuvo presente en dicha reunión (presidida por el Consejero de Medio Ambiente), y el 9 de mayo de 2002 otorga licencia de obra menor a tres personas que dicen ser cada uno propietario de una de las tres edificaciones ruinosas, que ya se han vallado (también de forma irregular) con un buen trozo de terreno cada una y dotado de modernos mecanismos de seguridad.
Al poco tiempo, Proyecto Verde puede certificar mediante fotografías, que las supuestas obras menores, presupuestadas cada una de ellas (¡qué casualidad!) en 24.041 euros, suponen rehabilitaciones en toda regla, con nuevos forjados, cubiertas, divisiones, etc., y por tanto obra mayor.
Dos meses después de concedidas las licencias, Proyecto Verde interpone una denuncia administrativa ante la Comunidad de Madrid, contra el propietario de la finca y contra el Ayuntamiento. El asunto salta nuevamente a la prensa. El ayuntamiento, en boca de su alcaldesa, sale a la palestra defendiendo en los medios su actuación. Y finalmente, un mes después, el ayuntamiento envía una nota informativa, sin firma, a varios medios de comunicación, defendiendo su actuación y amenazando con emprender acciones legales contra Proyecto Verde por delito de calumnias.
Al hilo de nuestras denuncias, la propia Guardería Forestal eleva otras tantas, referidas tanto al vallado irregular de la finca como a las actuaciones urbanísticas.
Unos meses después de interpuesta nuestra denuncia administrativa, es admitida por la Comunidad de Madrid, que ve indicios suficientes de actuaciones irregulares.
Y dos años después, el 7 de julio de 2004, la jefe del Servicio de Disciplina Ambiental considera que los hechos van más allá de la simple infracción administrativa y remite las actuaciones realizadas a la Jurisdicción Penal, por considerar que pueden ser constitutivas de delito.
A pesar de que, poco a poco, la justicia se va abriendo camino, hay un serio reparo a toda esta actuación: la Comunidad de Madrid no ha abierto expediente sancionador al Ayuntamiento de Colmenarejo, sin cuyas licencias esta actuación —presuntamente delictiva— jamás habría tenido lugar. ¿Significa esto que el Ayuntamiento queda exonerado de toda culpa? En absoluto. Por desgracia es una norma habitual en la CAM: No meterse con los ayuntamientos, y menos en casos que pueden implicar delito penal para sus ediles.
Pero el asunto ha pasado a la jurisdicción penal, y va a ser francamente difícil que los responsables municipales de las licencias queden al margen, entre otras cosas porque es de suponer que la línea argumental de la defensa será apoyarse en las licencias concedidas por el ayuntamiento para rehabilitar sus edificios ¡como vivienda!
Proyecto Verde solicitará personarse también en la causa penal, y tendremos que esperar que la justicia dicte sentencia. Una cosa tenemos muy clara: el propietario sabía a lo que se exponía desoyendo a la Junta Rectora; pero el ayuntamiento también. Una condena al primero que no derivase en condenas a los segundos sería una tremenda injusticia. Es más: para nosotros la responsabilidad municipal es considerablemente mayor, por ser colaborador necesario para comisión del presunto delito, y además desde una posición de autoridad.
Mucho más importante que una posible condena a los implicados (que si llega a producirse no nos va a alegrar en absoluto, porque va a suponer mucho dolor para algunas personas), es el «efecto disuasorio» que esta actuación va a ejercer sobre todos aquellos que están pensando cómo defraudar la ley y montar vivienda o negocio en pleno parque regional. Concretamente, hay dos actuaciones previstas actualmente en pleno parque regional que sus promotores van a tener que replantearse seriamente antes de seguir adelante: El Centro de Interpretación de la Colmena, promovido por nuestro ayuntamiento, y las instalaciones hosteleras en el embarcadero de Valmayor, promovidas por el Club Deportivo del Canal de Isabel II. El segundo caso es manifiestamente ilegal; en el primero hay sobrados indicios que apuntan en esa dirección.
¡Cuando las barbas de tu vecino veas cortar…!