La Información: Proyecto Verde denuncia al Ayuntamiento de Colmenarejo

Artículo aparecido en la edición de Septiembre de 2002 de «La Información «

 

Defiende que las actuaciones en «Prao Buriños» son ilegales

Proyecto Verde denuncia al Ayuntamiento de Colmenarejo

Proyecto Verde de Colmenarejo

Proyecto Verde presentó el pasado 22 de julio sendas denuncias administrativas contra el ayuntamiento de Colmenarejo, ante la Consejería de Medio Ambiente y ante la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo, por las actuaciones en el «Cercado de Buriños»

Antecedentes
Prao Buriños es una finca situada en zona de máxima protección del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y su Entorna Esta finca conservaba en su interior un grupo de edificaciones ruinosas (de las que poseemos un completo dosier fotográfico), abandonadas hace muchos años, que en ciertos momentos de su historia se utilizaron como vivienda. El Inventario de Instalaciones en Suelo no Urbanizable, realizado por el equipo redactor de las Normas Subsidiarias de 1996, catalogó estas edificaciones, al igual que todas las demás situadas en suelo no urbanizable. Este inventario, que el equipo redactor tuvo buen cuidado de definir clarísimamente en su Introducción como un documento sin ninguna capacidad reguladora, sino simplemente testimonial de los usos y situación de estas edificaciones en suelo no urbanizable, recoge todos aquellas edificaciones que existen en Colmenarejo que no están reguladas por las Normas Subsidiarias, verdadero documento normativo de la legalidad urbanística. De hecho, la inmensa mayoría de edificios contenidos e este inventario son de naturaleza ilegal, pares no cuentan ni con autorización urbanística ni con licencia de edificación, como el propio Inventario reconoce, y no tributan a la hacienda local. Son chozos de pastores, chamizos de cazadores, casetas del Canal de Isabel II, naves de explotaciones agrícolas… y todas las viviendas diseminadas que se encuentran fuera del espacio regulado por las Normas Subsidiarías, la mayoría en las márgenes del pantano, y la mayoría ilegales.

Cuando se declararon estos terrenos Parque Regional (1999), quedaron bajo la tutela de la ley, y sus usos fueron restringidos de manera drástica. Cualquier actuación que implicase modificación alguna, no solo en los usos sino también en la morfología de estas construcciones, quedaba sujeta a las limitaciones impuestas por esta ley, de rango superior a cualquier Norma Subsidiaria, por supuesto. De esta forma, reparaciones de vallas, rehabilitación de viviendas existentes, arreglo de caminos… ¡todo!, es necesario que se someta a la aprobación de la Junta Rectora del Parque, formada por representantes de todas los municipios afectados, más representantes de colectivos interesados, entre los que se encuentran las asociaciones ecologistas. Destaca en esta junta la presencia del Consejero de Medio Ambiente y de cuatro Directores Generales.

 

Engaños
El 12 de febrero de 2001 se reúne la Junta Rectora con varios asuntos a tratar. El presunto propietario de la finca presenta un proyecto para rehabilitar las edificaciones con el fin de criar burros y caballos. La Alcaldesa de Colmenarejo informa que no ha habido actividad alguna en la finca, es decir; que sus edificaciones están abandonadas, algo que todos los que paseasen por el Camino del Rey en los últimos años pueden dar fe. La Junta Rectora autoriza la cría de ganado, con la condición de que no se incremente la superficie edificada y se dedique exclusivamente a la cría de ganado equino, prohibiendo expresamente el uso residencial.

Menos de un año y medio después nos encontramos con la siguiente situación: La finca ha sido cerrada mediante un cerramiento que infringe la ley, y dividida en su interior en cuatro parcelas mediante vallado metálico, también ilegal. Asombrosamente, cada una de las edificaciones ruinosas originales cae en una de esas parcelas. De esta manera, tres de las cuatro parcelaciones poseen una edificación en ruinas. Comienza la rehabilitación para uso residencial. En julio de 2002, el cerramiento es completo, hay varías puertas, cámaras de vigilancia, alarmas, y aparentemente una de las edificaciones se usa como vivienda y la otra está casi terminada. Y con sus licencias en regla.

 

La explicación municipal
Proyecto Verde solicita el 31 de mayo una reunión con la alcaldesa, y los concejales de medio ambiente y urbanismo, al tiempo que presenta un escrito por registro advirtiendo de la presunta ilegalidad de las actuaciones y de las responsabilidades a que podrían dar lugar. Durante más de mes y medio las únicas noticias que tenemos del equipo municipal son la amenaza de presentar una demanda por injurias contra nosotros. Ante la imposibilidad de dialogar con el equipo de gobierno, Proyecto Verde se ve en la obligación de poner el asunto en conocimiento de la prensa; primero de la local, pasados unos días sin repuesta, de la comarcal, y finalmente de la nacional.

A finales de julio, en un artículo aparecido en prensa, la alcaldesa defiende la actuación del ayuntamiento alegando que se trata de «parcelas residenciales e independientes», al tiempo que en el mismo artículo el director del Parque Regional declara que el uso residencial está expresamente prohibido. Ante la reafirmación del ayuntamiento en la legalidad de sus actuaciones, Proyecto Verde presenta, el 22 de julio, sendas denuncias administrativas ante las Consejerías de Obras Públicas y Urbanismo y Medio Ambiente, personándose en el caso, y sin renunciar a la vía judicial.

A mediados de agosto llega un fax a algunos medios de comunicación en el que se da una nueva justificación a las actuaciones municipales en Prao Buriños. En este fax el ayuntamiento se agarra al mencionado Inventario de Instalaciones en Suelo no Urbanizable (sin capacidad normativa ni reguladora), para justificar las licencias que ha concedido para rehabilitar viviendas. Insiste en que la finca no es una, sino cuatro, y que esto es así desde hace muchísimos años. Justifica el desplante a los dictámenes de la Junta Rectora alegando que, ya que el propietario que solicitó la cría de burros lo que verdaderamente quería era hacer chalecitos, y al no poder hacerlos, retiró su solicitud, quedando milagrosamente liberado -en base a no se sabe muy bien qué- de la prohibición del uso residencial. Además, esa finca para la que se solicitaba un permiso, ya no es una sino cuatro, y con cuatro propietarios, y parece que no ha mediado segregación, ni engaño a la Junta, ni nada irregular, según el ayuntamiento. Por todo lo cual, el portavoz municipalafirma que todo es legal y chachi guay del paraguay. Además, invoca una pretendida ambigüedad en la Ley del Parque, que justificaría su actuación.

Y completa la nota informativa, poniendo en duda la profesionalidad e independencia de los periodistas que han dado cobertura a la noticia y dejando caer la duda sobre las intenciones de Proyecto Verde al destapar este asunto, preguntándose sobre los motivos que nos llevan a hacer una denuncia mediática y no ante las autoridades (denuncia que ya fue anunciada e interpuesta casi un mes antes). Finalmente, nos amenazan nuevamente con emprender acciones judiciales contra nosotros.

 

La postura de Proyecto Verde
El respeto al medio ambiente que el partido en el gobierno municipal dejó plasmado en su programa electoral debería haber bastado para evitar una actuación tan bochornosa como esta. Pero ya se sabe que algunos usan el programa electoral como un simple engaño para acceder al poder municipal. Si no basta un compromiso político (para nosotros, sagrado), si no basta el sentido común, si no se escucha a quien puede aportar algo de lógica y de luz… ya solo queda el recurso de la ley, que para eso está.

Hay varias leyes, decretos y ordenamientos que, a nuestro juicio, se han conculcado en este asunto:

• Normas Subsidiarias de Colmenarejo, de 1996, como ya se ha explicado

• Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque Regional del curso medio del río Guadarrama y su entorno. Artículo 9. Se prohibe expresamente la construcción de nuevas edificaciones o modificación de las existentes, salvo en las condiciones y con arreglo a los procedimientos previstos en la presente ley (las autorizadas por la Junta Rectora, dentro de sus competencias).

• Decreto 47/1993 de 20 de mayo. Plan de ordenación del embalse de Valmayor. En el apartado Limitaciones y Prohibiciones, encontramos:

a) Los que afecten negativamente a la calidad o cantidad de las aguas superficiales v subterráneas o su riqueza faunística (la contaminación está garantizada con varias viviendas y sin red de saneamiento).

e) La persecución y captura de animales y cuantas actividades puedan dañarlos, alarmarlos, destruir sus nidos, madrigueras, encamas o alterar sus querencias.

Diario del Noroeste: El Ayuntamiento insiste que el «Prao Buriños» es de uso residencial

Artículo aparecido en la edición del 13 de Agosto de 2002 en el diario «El Diario del Noroeste «

“Es difícil entender por qué se efectúa esta denuncia únicamente en los medios y no ante las autoridades”
Ayuntamiento de Colmenarejo

 

COLMENAREJO LAS OBRAS HAN SIDO DENUNCIADAS

El Ayuntamiento insiste que el «Prao Buriños» es de uso residencial

Tras construirse chalés en el Parque Regional

REDACCIÓN
Colmenarejo

Como ya informó este diario durante el pasado mes de julio, en la finca denominada Prao Buriños se están llevando a cabo una serie de obras que, según ha denunciado Ecologistas en Acción-Proyecto Verde, son chalés independientes ilegales, por encontrarse en zona protegida del Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama cuyo suelo, asegura este colectivo, es agropecuario.

Así pues, el propietario de esta finca solicitó, en la Junta rectora del parque, permiso para la rehabilitación de las construcciones existentes, con el objeto de criar burro hispánico y caballos.

El grupo ecologista sostiene que este suelo no es residencial, lo cual imposibilita cualquier tipo de nueva construcción, máxime si su objeto es de vivienda, como ocurre en este caso.

Fuentes

Tras la publicación aparecida en este periódico, en la que se hacía mención de la posible denuncia de los ecologistas contra el Ayuntamiento por presunta prevaricación, este organismo ha emitido un comunicado, sin firmar, en el que aconseja que, en primer lugar, «cualquier profesional de la comunicación se asegure de la rigurosidad de las fuentes que utiliza. Resulta poco responsable hacerse eco de lo que dicen unos y otros sin cerciorarse del dato objetivo del que parten las distintas posturas u opiniones».

Respecto a la rigurosidad de las fuentes que han intervenido en estos artículos, cabe repetir, como se indicaba en aquellas publicaciones,que, además de la información recibida de Proyecto Verde (la cual, hasta ahora siempre ha demostrado ser verídica) se consultó con el director del Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama. José María González, y con la alcaldesa de Colmenarejo, Isabel Peces-Barba, los cuales también merecen la confianza de este medio, como fuentes oficiales.

Uso residencial

En el mismo escrito remitido por el Consistorio colmenarejano se insiste en que esta finca siempre ha constado como uso residencial y no agropecuario. Es más, desde el Ayuntamiento se especifica que, según el inventario de instalaciones en Suelo No urbanizable de las Normas Subsidiarias de Colmenarejo de 1996, aprobadas por la Comunidad de Madrid, esta finca aparece descrita como: «conjunto de viviendas y anejos agropecuarios en la finca Prao Buriños; edificaciones destinadas a viviendas y cobertizos pecuarios, como uso residencial».

Por otra parte, y como especificó la alcaldesa, este Ayuntamiento no ha concedida ninguna segregación, ya que se trata de fincas independientes según catastro.

La única licencia municipal, aseguran, se refiere a la de obras para remodelación de las viviendas existentes, según ampliación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque.

AL DETALLE

CONFUSA NORMATIVA DEL PARQUE

El responsable (municipal) del escrito recibido en esta redacción añade que la normativa del Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama «es estricta en cuanto a los usos de las nuevas edificaciones, aunque pueda dejar espacios un tanto confusos en cuanto a edificaciones existentes y calificaciones de las fincas. Quizás sea ésta la circunstancia que ha dado lugar a diferentes interpretaciones».

Lo que para unos parece un claro incumplimiento de las normas del parque, otros lo definen como una «interpretación equivocada»; y por esta discrepancia de criterios, sobre la que ambas partes aseguran tener documentación que les avala, se estudia resolver el conflicto en los tribunales. Y es que, ahora es el Ayuntamiento (en este escrito) el que advierte del estudio de las declaraciones de Proyecto Verde, «por si pudiera ser pertinente iniciar acciones legales por un posible delito de calumnias».

 

Comentarios acerca de la nota del Ayuntamiento sobre Prao Buriños

COMENTARIOS A LA NOTA INFORMATIVA DIFUNDIDA POR EL EXCMO. AYTO DE COLMENAREJO EN REFERENCIA AL ASUNTO «CERCADO DE BURIÑOS»

Proyecto Verde de Colmenarejo – Ecologistas en Acción

 

Leída con atención la nota informativa que el ayuntamiento de Colmenarejo ha remitido a su prestigioso diario, quisiéramos hacer algunas puntualizaciones.

En primer lugar, resaltar la profesionalidad de sus redactores. Hemos de decirle —aunque usted ya lo sabe— que hay muy pocos medios que contrasten este tipo de noticias como lo hacen ustedes. En el caso que nos ocupa, la noticia apareció publicada no sólo con la opinión de Proyecto Verde, sino con la de la propia alcaldesa de Colmenarejo y del director del Parque Regional y de la Guardería Forestal, quienes dejaron claro cuáles eran los usos admitidos para el «Cercado de Buriños» (o «Burriños», lo del nombre es lo de menos).

Respecto a la nota informativa del ayuntamiento, queremos comentar lo siguiente:

Respecto al Punto primero

El Inventario de Instalaciones en Suelo no Urbanizable no es un documento normativo. En la Introducción (cuya copia le remito) se dice muy claramente y subrayado por el propio equipo redactor, que no se trata de un documento de tipo regulador de condiciones urbanísticas, sino un documento de tipo testimonial de la situación, usos, etc. de las edificaciones en suelo no urbanizable, destacando además que este suelo requiere de unos mecanismos de control para evitar su deterioro y destrucción. En buena medida (y salvando algunas construcciones realizadas con todas las garantías legales, como las del Canal de Isabel II, por ejemplo) este inventario recoge edificaciones antiguas, realizadas con anterioridad al desarrollo efectivo de la disciplina urbanística, y edificaciones de los últimos 20 o 25 años, que se han hecho sin licencia ni permisos, de manera ilegal, y de cuya existencia el ayuntamiento tiene constancia.

En la ficha urbanística de esta finca, que el ayuntamiento ha tenido «la precaución» de transcribirles solo de forma parcial (y que nosotros le enviamos completa), se especifica claramente que las edificaciones existentes en Buriños no tienen autorización urbanística ni licencia de edificación.

También comprobará en la ficha del inventario que le adjuntamos que las construcciones inventariadas no son tres viviendas, como afirma el ayuntamiento en su escrito, sino dos viviendas y un cobertizo.

Respecto a la posible segregación de la finca, en el vallado actual, que suponemos respeta dicho trazado, cada una de las tres edificaciones existentes cae dentro de una de las parcelas valladas. Sin embargo, cuando se solicitó permiso a la Junta Rectora del Parque Regional, para rehabilitar los edificios con vistas a la cría de burros y caballos, se solicitó para una única finca (como no podía ser de otra manera, ya que los asuntos deben llevarse individualizados para cada caso), y no para cuatro. Por lo tanto, si esta segregación existe (que no lo sabemos) se ocultó deliberadamente a la Junta Rectora, y se hicieron pasar cuatro fincas como una sola, porque de lo contrario jamás se habría autorizado cuatro negocios de cría de burros juntos (eso ya habría «olido demasiado mal»).

Respecto al Punto segundo

Nos parece increíble que el propietario, al no permitirle la Junta Rectora rehabilitar las edificaciones con fines residenciales (que era su verdadero interés) y solo para la cría de burros, decidiese «pasar» de los «pollinos» y hacer sólo los chalés, con el visto bueno del ayuntamiento, que además, se atreve a defenderlo públicamente.

La Ley 20/1999 del Parque Regional del Guadarrama, deja muy claro que cualquier actuación en el Parque deberá ser aprobada por Consejería de Medio Ambiente; Desde levantar o reparar una valla hasta, por supuesto, convertir una ruina en un cómodo chalet. Y no existe esa autorización. ¿Pretende el ayuntamiento hacerle creer que la razón esgrimida por la Junta Rectora para prohibir el uso residencial era la de evitar las molestias que tal actividad podía suponer a los residentes, y que una vez eliminados los pollinos nada se oponía a urbanizar el lugar?

Respecto al uso residencial, ya se ha comentado en el apartado anterior.

Respecto al Punto tercero

El propio ayuntamiento reconoce haber concedido licencia para remodelación de las edificaciones con usos residenciales, en un lugar en el que la ley lo prohíbe de manera terminante. Poco más tenemos que añadir, porque pocas veces nos encontramos ante presuntas irregularidades cometidas por la administración municipal tan claras y tan aceptadas como esta. Respecto a la valla, aunque pongan gateras, la chapen de piedra o la pinten de camuflaje, no reúne los requisitos establecidos en la legislación aplicable a una zona de máxima protección de un Parque Regional, entre otras cosas porque no solamente es el perímetro exterior el que debe ajustarse a la ley, sino también los cientos de metros de parcelación interna, irregular, que el ayuntamiento parece olvidar, aunque ha dado licencia para ello.

Respecto al Punto cuarto

La normativa del Parque Regional no es en absoluto confusa por lo que respecta a edificaciones existentes. En primer lugar, media el dictamen de la Junta Rectora diciendo que no se admiten los usos residenciales en la zona. Y la mencionada Ley 20/1999, establece con mucha claridad que:

 

El territorio incluido en el parque regional tendrá la calificación urbanística de Suelo no Urbanizable de Especial Protección (Art. 7)

Se prohíbe expresamente la construcción de nuevas edificaciones o modificación de las existentes salvo en las condiciones y con arreglo a lo establecido en la presente Ley (Art. 9) (es decir, la aprobación, entre otras instancias, de Medio Ambiente (Disposición Adicional Segunda)).

 

Respecto a la parte final de la nota informativa del ayuntamiento de Colmenarejo, hemos de decir que Proyecto Verde presentó el 31 de mayo un escrito en el registro municipal comunicando al ayuntamiento las irregularidades observadas en la finca Buriños, instándoles a tomar medidas urgentes, y advirtiéndoles que de no hacerlo podrían incurrir en un presunto delito de prevaricación. Ese mismo día y también por registro, solicitamos una reunión con la alcaldía y las concejalías de medio ambiente y urbanismo para hablar del asunto. Como única respuesta hemos recibido amenazas de denuncia por boca de distintos miembros de la corporación, y ahora en el escrito que dirigen al Diario del Noroeste. En ese sentido, está muy clara cuál es la voluntad de dialogar y facilitar información que tiene el ayuntamiento.

Ante la imposibilidad de hablar con el ayuntamiento y viendo que su actitud era la de «matar al mensajero» decidimos, a primeros de julio y más de un mes después de presentada la solicitud de reunión, poner el asunto en conocimiento de la prensa. Y finalmente, el 19 de julio presentamos sendas denuncias administrativas ante la Consejería de Medio Ambiente y la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo, cuyo contenido le remitimos. A la vuelta de vacaciones se reunirá de nuevo la Junta Directiva de nuestra asociación para estudiar acciones judiciales.

La actuación del ayuntamiento no puede ser explicada en clave benevolente, como tantas veces se hace, de un ayuntamiento pequeño, con pocos medios, de gente poco preparada, que incurre en irregularidades sin darse cuenta… La alcaldesa es abogado y además cuentan, como todos los municipios, con el asesoramiento de un secretario. Han recibido escritos nuestros advirtiéndoles de la situación, y los medios de comunicación, incluida la televisión, se han hecho eco de los acontecimientos. No cabe, por tanto, alegar desconocimiento. Están intentando engañar a los ciudadanos, e incluso a la misma prensa, tratando de «colarnos» un inventario de construcciones irregulares como si fueran Normas Urbanísticas o Planos de Ordenación, hablando de tres viviendas tradicionales cuando solo hay dos y sin licencia de ningún tipo, saltándose a la Junta Rectora y sus decisiones como si se tratase de un juego… y poniendo en duda la honestidad profesional de sus periodistas y la nuestra propia.

Este asunto se explica en clave de prepotencia y soberbia municipal; Y en un ayuntamiento cuya alcaldesa rubricó su programa electoral con una frase que le proporcionó buena parte de los votos que la auparon al sillón consistorial: «Todas nuestras acciones estarán regidas por el más absoluto respeto al medio ambiente» ¡Ya lo estamos viendo!

Muchísimas gracias por su atención,

Presidente de Proyecto Verde de Colmenarejo